<<Nota: Este contenido es proporcionado como ejemplo. Las preguntas deben actualizarse para reflejar tu institución y las repuestas deben ser actualizadas con el asesor legal general de la institución.>>
Lee las 10 preguntas principales de derechos de autor relacionadas con la presentación de contenido en un entorno en línea que están a continuación, y las respuestas proporcionadas por un especialista en derechos de autor.
Actualmente utilizo una variedad de programas de vídeo para mi clase presencial. Entiendo que podemos utilizar materiales protegidos por derechos de autor en un curso en línea, pero leyendo la información proporcionada en esta clase, aún no quedan claras las restricciones en el uso de los vídeos. ¿Podrían por favor aclararme?
De conformidad con el Código de los Estados Unidos, Título 17, Sección 110(1), los miembros de la comunidad de la University of Central Florida pueden mostrar e interpretar las obras de otros autores protegidas por derechos de autor (esto incluye obras completas) durante las actividades de enseñanza cara a cara, siempre que se esté utilizando una copia legítima de la obra, ej. en este caso una copia legítima del vídeo (que, por lo general, no incluye una que hayas grabado desde una transmisión de vídeo). La Sección 110(1) no autoriza la copia de una obra protegida con derechos de autor de su medio original a otro, que podría ser necesario al hacer uso de estos materiales en un curso en línea.
Para la copia de cualquier obra con derechos de autor, consulte la política de uso de material protegido por derechos de autor de la UCF. Como se establece en la política, el Código de los Estados Unidos, Título 17, Sección 107 establece una prueba de cuatro puntos para determinar si el intento de uso de una obra con derechos de autor es justo (ej. la Doctrina de Uso Legítimo). Dado que esto es altamente subjetivo, es difícil saber si su solicitud de la prueba se sostendrá en un tribunal de justicia. Por esa razón, la UCF ha optado por adoptar ciertos lineamientos (que pueden ser encontrados en la política de uso de material protegido por derechos de autor de la UCF), que incluyen las pautas aplicables a estas solicitudes, ej. lineamientos de uso legítimo para la multimedia educativa.
Los lineamientos de uso legítimo para la multimedia educativa aplican acá porque, como se establece en estos lineamientos, los docentes pueden realizar y mostrar su propios proyectos multimedia educativos para la instrucción remota a los estudiantes inscritos en cursos que forman parte del plan de estudio y ubicarlos en sitios remotos, proporcionándolos a través de una red electrónica segura en tiempo real, o para su revisión después de clase o para autoaprendizaje dirigido, siempre que existan limitaciones tecnológicas en el acceso a la red y el proyecto multimedia educativo (como una contraseña o PIN) y siempre que la tecnología impida la copia de material protegido por derechos de autor.
Según los lineamientos de uso legítimo para la multimedia educativa, los medios en movimiento pueden ser reproducidos o incorporados hasta en un 10% o con una duración de 3 minutos, lo que sea menor, como contenido en movimiento protegido por derechos de autor.
Ten en cuenta que el cumplimiento del TEACH Act, ej. el Código de los Estados Unidos, Título 17, Sección 110(2) es VOLUNTARIO. Sin embargo, si uno elige apoyarse en el TEACH Act, uno DEBE seguir los estrictos requisitos, incluyendo los requisitos técnicos extremadamente onerosos del TEACH Act. Debido a la naturaleza extremadamente estricta del TEACH Act, la Oficina del Asesor Jurídico General de la UCF prefiere, en su lugar, apoyarse en los principios tradicionales de uso legítimo. Revisa la política de uso de material protegido por derechos de autor de la UCF (y los lineamientos establecidos en ella) para más información.
¿Puedo incorporar fotografías, gráficos o tablas individuales en una clase de aprendizaje a distancia tomadas de varios textos y recursos que he utilizado como parte de mis clases regulares?
La reproducción o incorporación de fotografías e ilustraciones es más difícil de definir con los lineamientos de uso legítimo porque usualmente excluye el uso de una obra completa.
De acuerdo con los lineamientos de uso legítimo para la multimedia educativa, que pueden ser encontrados en la política de uso de material protegido por derechos de autor de la UCF, una fotografía o ilustración puede ser utilizada de manera completa, pero no más de 5 imágenes de un artista o fotógrafo puede reproducirse o incorporarse como parte de un proyecto educativo multimedia. Cuando utilices fotografías e ilustraciones de una obra colectiva publicada, no más del 10% o 15 imágenes, lo que sea menor, puede reproducirse o incorporarse como parte de un proyecto educativo multimedia.
Más del 10% o 2,500 campos o entradas de celda, lo que sea menor, de una base de datos o tabla de datos protegida por derechos de autor puede reproducirse o incorporarse como parte de un proyecto educativo multimedia.
Quisiera utilizar gráficas en mi curso en línea copiadas de varios sitios web. Si se le otorga el crédito a la fuente original, ¿está bien utilizar estas gráficas?
Tomar en cuenta que solo porque algo es encontrado en Internet no significa que no está protegido por derechos de autor. Docentes y estudiantes deben ser cuidadosos en el uso de materiales descargados de internet, porque hay una mezcla de obras protegidas por derechos de autor y obras de dominio público en la red. Algunas obras con derechos de autor podrían haber sido publicadas en Internet sin la autorización del propietario de los derechos de autor. Si una obra entera es copiada, será difícil de aplicar la defensa del uso legítimo. Otorgar crédito a la fuente no cambia el hecho de que podría considerarse como un infracción a los derechos de autor. Toma en cuenta que dar crédito a una fuente es apropiado; sin embargo, el uso subyacente debe justificarse primero, ya sea que éste recaiga en el permiso del propietario de los derechos de autor o en el uso legítimo. Si el uso subyacente es infractor, dar crédito a la fuente no lo rectifica.
El TEACH Act parece ser muy restrictivo. ¿El uso legítimo general aplica a un entorno en línea?
Sí, el uso legítimo general aplica también a un entorno en línea. Como se estableció anteriormente, el cumplimiento del TEACH Act, ej. el Código de los Estados Unidos, Título 17, Sección 110(2) es VOLUNTARIO. Sin embargo, si uno elige apoyarse en el TEACH Act, uno DEBE seguir los estrictos requisitos, incluyendo los requisitos técnicos extremadamente onerosos del TEACH Act. Debido a la naturaleza extremadamente estricta del TEACH Act, la Oficina del Asesor Jurídico General de la UCF prefiere, en su lugar, apoyarse en los principios tradicionales de uso legítimo. Revisa la política de uso de material protegido por derechos de autor de la UCF y los lineamientos establecidos en ella) para más información.
Como parte de los recursos de apoyo para mi clase en línea, quiero brindar a los estudiantes acceso a una variedad de artículos periódicos, de forma electrónica. Si escaneo un artículo o lo descargo de la web y lo coloco en mi curso en línea con acceso exclusivo de los estudiantes que están tomando mi clase, ¿es permitido?
La copia de obras completas, como un artículo completo, usualmente no es justificable como uso legítimo. Según los lineamientos de uso legítimo para la multimedia educativa, que están incorporados en la política de uso de material protegido por derechos de autor de la UCF, para materiales de texto, más de 10% o 1000 palabras, lo que sea menor, de una obra protegida por derechos de autor que consta de material de texto puede ser reproducida o incorporada como parte de un proyecto multimedia. Sin embargo, si el artículo se encuentra disponible a través de la biblioteca de la Universidad en línea, es permitido proveer a los estudiantes de una bibliografía en línea con enlaces a estos recursos, asegurándote que en el sitio de tu curso indiques claramente que el estudiante será dirigido a otro sitio que no forma parte de tu actual curso en línea.
Estoy en el proceso de completar la creación de un curso en línea. Hay una expectativa de parte de la Universidad que periódicamente realice publicaciones, de las cuales tengo autoría y por las cuales me respaldo por derechos de autor. ¿Tendría los derechos de autor del curso que estoy desarrollando?
De acuerdo a la política del UCF, los docentes son dueños del contenido intelectual del curso pero la UCF es dueña del curso y los derechos de autor del curso. Por ejemplo, conforme al Acuerdo de Negociación Colectiva de la UCF, Artículo 18.3(b), "el trabajo que sea creado con Apoyo Universitario (ej. fondos, personal, instalaciones, equipo, materiales o información técnica de la Universidad) es propiedad de la Universidad..., ej. Los cursos de ITV o basados en web desarrollados con recursos de la Universidad se apoyan en un equipo técnico de expertos y docentes para desarrollar materiales y software utilizando en el curso. En consecuencia, la Universidad mantiene el derecho de propiedad de dicho software y materiales."
En mis clases cara a cara, con frecuencia uso música, reproducida desde su fuente original con derechos de autor, es decir, CD, cinta, etc., para establecer un estado de ánimo o un ambiente para cierto período de estudio. ¿Esto estaría permitido para un curso en línea que estoy impartiendo este semestre?
De acuerdo a los lineamientos de uso legítimo para la multimedia educativa que están incorporados en la política de uso de material protegido por derechos de autor de la UCF, para la música, letras, y videos musicales, hasta un 10%, pero en ningún caso más de 30 segundos, de la música o letra de un trabajo musical individual (o en el agregado de extractos de una obra individual), ya sea si la obra musical está incorporada en copias, o audio o trabajos audiovisuales, puede ser reproducida o incorporada como parte de un proyecto educativo multimedia.
En la preparación de un curso en línea, me gustaría proporcionar enlaces de sitios web de cursos creados por otros docentes, que cubren aspectos de mi curso con mayor detalle. ¿Necesito hacer referencia a estos sitios u obtener permiso de cada docente para incluirlo en mi curso?
Si tu intención es enlazar al sitio del curso de otro docente, primero deberías obtener permiso del docente y de la institución a la que pertenece. Aunque podrían haber algunos límites de uso del sitio permitidos bajo la perspectiva de derechos de autor, estos cursos fueron diseñados para estudiantes inscritos en esos cursos. Incluso si diriges a los estudiantes a sitios web más genéricos o sitios web no vinculados con un curso en línea, deberías asegurarte que el sitio web tenga políticas de publicación que permiten enlazar a otro sitio web o de lo contrario deberías obtener un permiso previo dado que estás organizando actividades alrededor de esos sitios.
Me gustaría incluir un número de imágenes gráficas en mi clase, obtenidas de varias bibliotecas de imágenes de propiedad de la universidad. Dado que somos propietarios de esas bibliotecas, ¿hay algún problema con el uso de las imágenes a nuestra red de acceso restringida?
En general, las imágenes que son propiedad de la institución están licenciadas para su uso en múltiples formatos y lo más probable para ser utilizadas en varias formas de presentación, incluyendo el aprendizaje a distancia en una red de acceso restringida. Sin embargo, se debe verificar que la licencia no establezca restricciones de uso. Muchas bibliotecas de imágenes preceden al desarrollo del Internet y los servicios en línea y aunque sus licencias a menudo parecen ser muy abiertas en cómo la imagen puede utilizarse, se debe tener presente que reproducir la imagen de manera digital y transmitirla agrega una dimensión diferente al alcance de la publicación. Para estar seguros, obtener claridad, del propietario de derechos de autor, sobre el uso de la imagen en un entorno electrónico, solidifica la posición del docente.
Considerando la cantidad de tiempo que dedico a crear el curso, ¿cómo puedo incorporar contenido protegido por derechos de autor y seguir usando este contenido semestre a semestre?
De acuerdo a los lineamientos de uso legítimo para la multimedia educativa que están incorporados en la política de uso de material protegido por derechos de autor de la UCF, los docentes pueden utilizar sus proyectos educativos multimedia creados para fines educativos por un período de no más de dos años después del primer uso educativo en clase. Utilizarlo después de ese periodo de tiempo requiere permiso de derechos de autor por cada porción incorporada en la producción. Además, los docentes deben recordar dar crédito a las fuentes y mostrar la información del propietario de derechos de autor, que incluye el aviso de derechos de autor ©, el año de la primera publicación y el nombre del propietario de derechos de autor. Antes de realizar cualquier uso que exceda el uso descrito en los lineamientos, deberías obtener el permiso escrito de cada propietario de derechos de autor de los materiales que te gustaría utilizar. Además, deberías buscar permisos (licencias) para todo el trabajo protegido por derechos de autor en tus proyectos educativos multimedia antes de participar en cualquier uso de tipo comercial.
TOPKit Sample Course fue realizado por la University of Central Florida (UCF). Este trabajo está bajo la Licencia Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International.